Términos y condiciones
Ipanema International
Versión 1.0 – Mayo de 2026
Artículo 1 — Definiciones
En los presentes Términos y condiciones se aplicarán las siguientes definiciones:
1.1 Contratista
La empresa o sociedad que opera bajo el nombre Ipanema International, con sede en Ámsterdam (Países Bajos) y inscrita en la Cámara de Comercio neerlandesa con el número de registro 97934704.
1.2 Cliente
Cualquier persona física, persona jurídica, inversor, empresa o entidad afiliada que adquiera servicios del contratista.
1.3 Servicios
Todos los servicios prestados por el contratista, entre los que se incluyen, a título enunciativo:
- asesoramiento;
- asesoramiento estratégico;
- entrada en el mercado internacional;
- orientación comercial;
- presentaciones;
- abastecimiento;
- desarrollo empresarial;
- servicios de redes;
- negociaciones;
- asistencia en materia inmobiliaria;
- intermediación comercial;
- búsqueda de oportunidades de negocio;
- presentación de oportunidades de inversión;
- asistencia en transacciones internacionales.
1.4 Terceros
Cualquier parte externa, incluyendo:
- corredores;
- notarios;
- abogados;
- consultores;
- inversores;
- bancos;
- instituciones financieras;
- desarrolladores;
- autoridades gubernamentales;
- socios locales;
- intermediarios.
1.5 Transacción
Cualquier acuerdo, inversión, compra, venta, cooperación, financiación, empresa conjunta, participación o relación comercial, ya sea directa o indirecta, que se derive de las actividades o las presentaciones del contratista.
Artículo 2 — Ámbito de aplicación
2.1 Estos Términos y condiciones se aplican a todos:
- citas;
- acuerdos;
- tareas;
- ofertas;
- servicios;
- tareas de seguimiento;
- las relaciones jurídicas entre las partes.
2.2 Las excepciones a los presentes Términos y Condiciones solo serán válidas si el contratista las confirma por escrito.
2.3 Quedan expresamente rechazadas las condiciones generales del Cliente.
2.4 En caso de que alguna de las disposiciones se considere inválida o inaplicable, las demás disposiciones seguirán siendo plenamente vigentes.
Artículo 3 — Naturaleza de los servicios
3.1 El contratista presta sus servicios únicamente haciendo todo lo posible por cumplir con su cometido y, de forma explícita, no sobre la base de resultados garantizados.
3.2 El contratista actúa exclusivamente en calidad de:
- consultor;
- asesor;
- intermediario comercial;
- facilitador estratégico;
- intermediario comercial.
3.3 El contratista no es:
- un notario;
- abogado;
- asesor fiscal;
- asesor financiero;
- asesor de inversiones;
- banco;
- intermediario financiero regulado;
- agente inmobiliario autorizado, salvo que se acuerde lo contrario por escrito y esté legalmente permitido.
3.4 Cualquier actividad inmobiliaria local o servicio regulado deberá ser llevado a cabo por terceros independientes autorizados.
3.5 Toda la información facilitada es de carácter comercial general y no debe considerarse:
- asesoramiento jurídico;
- asesoramiento financiero;
- asesoramiento en materia de inversiones;
- asesoramiento fiscal;
- recomendación de inversión.
3.6 El Cliente seguirá siendo plenamente responsable en todo momento de:
- sus propias decisiones de inversión;
- diligencia debida;
- revisión jurídica;
- liquidación tributaria;
- verificación de la titularidad;
- permisos y licencias;
- obligaciones de cumplimiento;
- normativa local;
- riesgos de transacción.
Artículo 4 — Celebración del contrato
4.1 Todas las ofertas y presupuestos son sin compromiso, salvo que se indique lo contrario por escrito.
4.2 Se celebra un contrato cuando:
- el Cliente dé su autorización por escrito;
- el Cliente haga uso efectivo de los servicios;
- el contratista comience los trabajos.
4.3 El contratista se reserva el derecho a rechazar o rescindir los encargos sin indicar los motivos.
Artículo 5 — Honorarios y comisiones por resultados
5.1 La indemnización puede consistir en:
- tarifas fijas;
- retenedores;
- honorarios de consultoría;
- tarifas por hora;
- comisiones;
- honorarios por resultados;
- combinaciones de los mismos.
5.2 Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, todos los importes no incluyen:
- IVA;
- impuestos locales;
- costes de transacción;
- gastos externos;
- comisiones bancarias.
5.3 Si se ha acordado una comisión por resultados, el derecho a percibirla surge una vez que se haya completado una transacción, ya sea de forma directa o indirecta.
5.4 Se seguirá debiendo abonar una comisión por éxito si una transacción se lleva a cabo total o parcialmente:
- con una parte presentada por el contratista;
- con las entidades vinculadas a dicha parte;
- a través de intermediarios;
- a través de familiares;
- a través de sociedades de cartera;
- a través de fideicomisos;
- a través de instrumentos de inversión;
- a través de partes vinculadas;
- en un plazo de 24 meses tras su introducción.
5.5 El contratista tendrá derecho a una indemnización íntegra, independientemente de:
- cambios en la estructura de las transacciones;
- cambios en la titularidad;
- aplicación parcial;
- cierre retrasado;
- participación indirecta.
Artículo 6 — Prohibición de elusión
- El Cliente no podrá, durante la vigencia del contrato y durante los 24 meses posteriores a su finalización, realizar transacciones directas o indirectas con las partes presentadas por el Contratista sin el consentimiento previo por escrito de este último.
-
El Cliente tiene prohibido:
- ponerse en contacto directamente con los responsables del contratista;
- estructurar operaciones al margen del contratista;
- explotar comercialmente las introducciones sin compensar al contratista.
-
En caso de incumplimiento, el Cliente deberá abonar inmediatamente una multa pagadera directamente equivalente a:
- los honorarios por resultados acordados; o
- a falta de ello: el 15% del valor total de la operación, con un mínimo de 25 000 EUR.
- Esta disposición no afecta al derecho del contratista a reclamar una indemnización adicional por daños y perjuicios.
Artículo 7 — Participación de terceros
- El contratista tiene derecho a recurrir a terceros en relación con los servicios.
-
El contratista no será responsable de:
- errores;
- negligencia;
- fraude;
- declaración falsa;
- deficiencias;
- insolvencia;
- incumplimiento de obligaciones por parte de terceros.
- Los gastos en que se incurra a través de terceros podrán repercutirse al cliente.
Artículo 8 — Transacciones internacionales y Brasil
El cliente reconoce que las transacciones internacionales conllevan mayores riesgos.
Entre dichos riesgos se incluyen, entre otros:
- riesgos políticos;
- riesgos cambiarios;
- incertidumbres jurídicas;
- conflictos sobre la titularidad;
- restricciones administrativas;
- riesgos de corrupción;
- cambios fiscales;
- trámites de concesión de permisos;
- normativa local.
El contratista no ofrece ninguna garantía en relación con:
- títulos de propiedad;
- legalidad de los bienes inmuebles;
- permisos;
- ingresos;
- devuelve;
- la evolución del mercado;
- fiabilidad de terceros.
El cliente debe recabar por su cuenta asesoramiento jurídico, fiscal y técnico en la jurisdicción correspondiente.
Artículo 9 — Pago
- Las facturas deberán abonarse en un plazo de 14 días a partir de la fecha de emisión, salvo que se acuerde lo contrario por escrito.
- En caso de retraso en el pago, el Cliente incurrirá en incumplimiento de pleno derecho.
- Los intereses comerciales legales se devengarán a partir de la fecha de incumplimiento.
- Todos los gastos de cobro, los gastos judiciales y demás costes correrán íntegramente a cargo del cliente.
- El contratista tiene derecho a suspender inmediatamente los servicios en caso de impago.
-
Los pagos realizados por el Cliente se destinarán en primer lugar a:
- interés;
- costes;
- las facturas pendientes más antiguas.
Artículo 10 — Cumplimiento normativo, lucha contra el blanqueo de capitales y «conozca a su cliente» (KYC)
-
El Cliente declara y garantiza el cumplimiento de lo siguiente:
- legislación contra el blanqueo de capitales (AML);
- normativa sobre sanciones;
- leyes contra la corrupción;
- normativa fiscal;
- las leyes y normativas internacionales aplicables.
-
El contratista se reserva el derecho a solicitar documentación adicional relativa a:
- identidad;
- Titulares finales (UBO);
- origen de los fondos;
- obligaciones de cumplimiento;
- a efectos de la transacción.
-
El contratista podrá rescindir inmediatamente los encargos ante la sospecha de:
- blanqueo de capitales;
- fraude;
- corrupción;
- incumplimientos de las sanciones;
- actividades ilegales;
- riesgos para la reputación.
- El contratista no será responsable de los daños y perjuicios derivados de las comprobaciones de cumplimiento o de la rescisión previstas en el presente artículo.
Artículo 11 — Confidencialidad
- Las partes se comprometen a mantener la más estricta confidencialidad respecto a toda la información confidencial.
-
La información confidencial incluye, entre otros:
- información comercial;
- información sobre inversiones;
- datos de contacto;
- detalles de la transacción;
- condiciones de precios;
- estrategias;
- documentos;
- análisis.
- Esta obligación seguirá vigente tras la rescisión del contrato.
Artículo 12 — Propiedad intelectual
- Todos los documentos, análisis, presentaciones, estrategias, bases de datos, contactos, modelos y conocimientos técnicos seguirán siendo propiedad del contratista.
-
Sin consentimiento previo por escrito, no se podrá:
- copiado;
- distribuido;
- compartido;
- explotado comercialmente.
Artículo 13 — Privacidad
- El contratista trata los datos personales de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos, incluido el RGPD.
- El Cliente indemnizará al Contratista por las reclamaciones de terceros que se deriven del suministro ilícito de datos personales por parte del Cliente.
- La Política de privacidad del contratista forma parte integrante de los presentes Términos y condiciones.
Artículo 14 — Responsabilidad
- Cualquier responsabilidad del contratista se limitará al importe abonado por el cliente al contratista durante los seis meses anteriores, con un límite máximo absoluto de 10 000 EUR.
-
El contratista no será en ningún caso responsable de:
- daños indirectos;
- daños indirectos;
- lucro cesante;
- inversiones perdidas;
- daño a la reputación;
- indemnizaciones por daños y perjuicios fiscales;
- pérdidas por tipo de cambio;
- pérdida de datos;
- oportunidades perdidas;
- daños causados por terceros.
- El contratista no se hará responsable de las inexactitudes en la información procedente de terceros.
- Cualquier reclamación prescribirá si no se presenta por escrito en un plazo de 30 días.
- El Cliente indemnizará al Contratista por las reclamaciones de terceros que se deriven de los trabajos realizados para el Cliente.
Artículo 15 — Fuerza mayor
- Por «fuerza mayor» se entiende cualquier circunstancia que escape al control razonable del contratista.
-
Esto incluye, entre otros:
- guerra;
- inestabilidad política;
- sanciones;
- pandemias;
- huelgas;
- medidas gubernamentales;
- ciberataques;
- cortes de electricidad;
- fallos en Internet;
- crisis monetarias;
- perturbaciones en el transporte.
- En caso de fuerza mayor, quedarán suspendidas las obligaciones.
- Si la fuerza mayor se prolonga durante más de 60 días, cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato sin estar obligada a indemnizar por daños y perjuicios.
Artículo 16 — Suspensión y rescisión
El contratista podrá suspender o rescindir inmediatamente los servicios si:
- el Cliente incumple sus obligaciones;
- el pago sigue pendiente;
- surgen riesgos de cumplimiento;
- se corre el riesgo de que se vea perjudicada la reputación;
- las leyes o normativas exijan dicha medida.
Los servicios ya prestados siguen siendo totalmente pagaderos.
Las obligaciones que, por su naturaleza, estén destinadas a subsistir tras la rescisión seguirán vigentes, entre ellas:
- obligaciones de pago;
- confidencialidad;
- limitaciones de responsabilidad;
- no elusión;
- derechos de propiedad intelectual.
Artículo 17 — Legislación aplicable y jurisdicción
1. Todas las relaciones jurídicas se regirán exclusivamente por la legislación neerlandesa.
2. Cualquier controversia se someterá exclusivamente al tribunal competente de Ámsterdam, Países Bajos.
3. Queda expresamente excluida la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
Artículo 18 — Disposiciones finales
- El contratista se reserva el derecho a modificar los presentes Términos y condiciones.
-
Los Términos y condiciones modificados entrarán en vigor una vez que:
- publicado en la página web; o
- facilitada al cliente por escrito.
- Siempre se aplicará la versión más reciente de los Términos y condiciones.
Ipanema International
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Países Bajos
Código de Conducta neerlandés: 97934704
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